ExtranjeríaPor Juan Pablo González Rivas
Regularización Extraordinaria vs Arraigo: ¿Cuál me Conviene?
Actualización a 5 de agosto de 2026
El plazo para solicitar el arraigo extraordinario finalizó el 30 de junio de 2026. Lo fijó así la disposición adicional vigesimoprimera del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (BOE de 15 de abril de 2026). Ya no se admiten solicitudes por esta vía, y este artículo se mantiene publicado solo como referencia de aquel procedimiento.
Si no llegaste a presentar la tuya, siguen abiertas las vías ordinarias de arraigo. Puedes ver cuál te corresponde en el diagnóstico de extranjería del despacho, o escribirnos y lo estudiamos contigo.
Muchas personas en situación irregular ya conocen las figuras de arraigo social, laboral o familiar. La nueva regularización extraordinaria 2026 ofrece condiciones mucho más flexibles. Te explicamos las diferencias para que decidas cuál te conviene.
¿Por qué es diferente la regularización extraordinaria?
El arraigo ha sido durante años la principal vía para regularizarse en España. Sin embargo, sus requisitos son exigentes y el proceso puede ser largo. La regularización extraordinaria 2026 simplifica todo esto.
Comparativa: Arraigo Social vs Regularización 2026
- Tiempo en España: El arraigo social exige 3 años continuados en España. La regularización extraordinaria solo pide 5 meses.
- Contrato de trabajo: Para el arraigo social necesitas un contrato de trabajo. Para la regularización extraordinaria NO es necesario.
- Informe de integración: El arraigo social recomienda un informe de integración social. La regularización extraordinaria no lo exige.
- Plazo de resolución: El arraigo puede tardar de 3 a 6 meses en resolverse. La regularización extraordinaria tiene un plazo de 15 días para admisión y 3 meses máximo para resolución.
- Documentación: El arraigo requiere documentación extensa. La regularización acepta múltiples formas de acreditar la estancia.
¿Cuándo conviene el arraigo?
El arraigo sigue siendo útil si llevas más de 3 años en España y tienes un contrato de trabajo asegurado, o si no cumples los requisitos de la regularización extraordinaria.
¿Cuándo conviene la regularización extraordinaria?
Si llevas menos de 3 años en España pero más de 5 meses. Si no tienes contrato de trabajo. Si quieres una resolución más rápida. Si llegaste a España antes del 31 de diciembre de 2025.
¿Puedo solicitar ambas?
Técnicamente sí, pero lo más recomendable es optar por la regularización extraordinaria si cumples los requisitos, ya que es más rápida y tiene menos exigencias. Si te deniegan, siempre puedes intentar el arraigo después.
¿No sabes qué vía te conviene?
Cada caso es diferente. En González Rivas Abogados analizamos tu situación particular y te recomendamos la mejor estrategia. Contacta con nosotros para una consulta sin compromiso.
